La Asociación Multisectorial de Empresas de Alimentación y Bebidas (AME) expresa su máximo respaldo a la política de defensa de la competencia y su compromiso con ella en todas sus reuniones y actividades.
AME tiene como miembros a representantes de empresas competidoras pero sus reuniones e iniciativas están circunscritas a cuestiones técnicas y la promoción y defensa de intereses comunes desde el respeto y la máxima observancia de la normativa de defensa de la competencia.
Las infracciones de la normativa de defensa de la competencia pueden acarrear graves sanciones económicas y personales. Por ello, AME y sus miembros cumplirán escrupulosamente los principios de esta Declaración en todas sus reuniones e iniciativas relacionadas con AME.
Esta Declaración es aplicable a todos los órganos directivos y a todo el personal de AME, así como a todos los representantes y todo el personal de sus miembros que participen en las reuniones e iniciativas patrocinadas por AME.
Los principios siguientes deben ser respetados en todas circunstancias sin excepción alguna:
- La Asamblea General, la Comisión Delegada y el Comité Ejecutivo de AME, así como cualquier grupo de trabajo creado en su seno, cumplirán la normativa de defensa de la competencia y se abstendrán de realizar cualquier acuerdo o concertación, oral o escrito, formal o informal, expreso o implícito, entre competidores, con respecto a los precios, los volúmenes, los costes, las ofertas, las condiciones comerciales, los territorios y los clientes.
- Ninguna actividad o iniciativa de AME incluirá discusiones entre competidores, independientemente de su objetivo o forma, sobre política de precios, niveles de producción, clientes, territorios de ventas o cualquier otra información comercialmente sensible.
- Ninguna actividad o iniciativa de AME incluirá discusiones entre competidores, independientemente de su objetivo o forma, que puedan interpretarse como un intento de evitar que un competidor adquiera bienes o servicios y los comercialice libremente en el mercado.
- Las reuniones de los órganos directivos y grupos de trabajo de AME incluirán una agenda respetuosa con la normativa de defensa de la competencia y las reuniones deberán ceñirse a las cuestiones identificadas en la agenda, sin que en ningún caso los participantes en las mismas puedan abordar cuestiones prohibidas por la normativa de defensa de la competencia.
- Las agendas y actas de las reuniones serán revisadas por un abogado especialista en defensa de la competencia, y los órganos directivos de AME o cualquier miembro podrá asimismo solicitar su presencia en cualquier reunión o iniciativa conjunta.
- Al inicio de cada reunión, el Presidente de la misma o la persona por él delegada, leerá en voz alta esta Declaración y los participantes en la misma deberán tenerla en cuenta en sus intervenciones orales o escritas.
- En los encuentros y reuniones informales o casuales, anteriores, coetáneos o posteriores a una reunión formal organizada o patrocinada por AME, los participantes cumplirán con esta Declaración en todos sus extremos.
- Si un miembro de AME se ve implicado en un procedimiento de defensa de la competencia como consecuencia de sus actividades, lo pondrá inmediatamente en conocimiento de la AME a los efectos oportunos.
- La normativa de defensa de la competencia y su interpretación cambia y evoluciona. Por ello, AME y sus miembros se comprometen a solicitar asesoramiento legal especializado siempre que surjan cuestiones o problemas relacionados con la normativa de defensa de la competencia y su interpretación.